Incentivo tributario por contratación de adultos mayores

Escrito por Rivas y Asociados Consultores | May 7, 2026 2:28:36 PM

 

El Artículo 2 de la Ley 2040 de 2020 representa un incentivo tributario significativo para las empresas que decidan vincular laboralmente a personas que, habiendo cumplido la edad de pensión, no gozan de una prestación económica. Esta disposición legal busca promover la inclusión laboral de adultos mayores mientras ofrece beneficios fiscales concretos a los empleadores.

El incentivo tributario permite que las empresas deduzcan de la base gravable del impuesto sobre la renta el 120% del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados durante los años gravables en los que los adultos mayores, que cumplan las condiciones previstas en la norma, permanezcan contratados por el empleador. 

Mientras que bajo las reglas generales de los Artículos 107 y 108 del Estatuto Tributario (ET), los pagos laborales son deducibles al 100% como gastos necesarios para producir renta, esta ley otorga un beneficio adicional del 20%, lo que podría representar una oportunidad de optimización tributaria para una empresa. Es fundamental precisar que la base de cálculo incluye tanto el salario base como las prestaciones sociales (primas, cesantías, intereses sobre cesantías). 

A diferencia de la deducción por primer empleo, que se encuentra expresamente limitada a 115 UVT mensuales por empleado en el Artículo 108-5 del ET, el Artículo 2 de la Ley 2040 no incluyó un techo específico en UVT, aunque su aplicación efectiva está sujeta a las limitaciones generales de la depuración de la renta líquida.

Requisitos y condiciones para acceder al beneficio tributario por contratación de adultos mayores

Para aplicar correctamente este incentivo, no basta con realizar la contratación. La empresa debe cumplir una serie de requisitos legales y formales que sustenten la procedencia de la deducción.

1. La persona contratada debe cumplir la edad de pensión

La persona vinculada debe haber alcanzado la edad de pensión establecida en el sistema pensional colombiano: 62 años para hombres y 57 años para mujeres, conforme a la normativa vigente.

Además, aunque haya cumplido la edad requerida, no debe ser beneficiaria de pensión de vejez, familiar o de sobrevivencia. Si la persona ya recibe alguna de estas prestaciones, el incentivo no sería aplicable.

2. La vinculación laboral debe cumplir las formalidades legales

La contratación debe realizarse conforme a las exigencias del Código Sustantivo del Trabajo. Adicionalmente, se deben cumplir los siguientes requisitos: 

  • Existencia de un contrato de trabajo por escrito;
  • La vinculación debe ser mínimo por un periodo de un (1) año;
  • La afiliación al sistema de seguridad social integral;
  • El pago oportuno de salarios y prestaciones sociales.

El incumplimiento de estas condiciones no solo puede afectar el beneficio tributario, sino también generar contingencias laborales y administrativas para la empresa.

3. La empresa debe ser contribuyente del impuesto sobre la renta

El incentivo está dirigido a contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios. Por ello, antes de aplicarlo, conviene revisar si la empresa cumple esta condición y si la deducción encaja adecuadamente en su estructura tributaria.

4. Debe cumplirse una cuota mínima de vinculación

La norma también exige un porcentaje mínimo de contratación de esta población dentro de la planta de personal. La cuota inicia en 2,5% para empresas que posean un número de trabajadores menor a cien (100) empleados, y aumenta en 0,5% por cada 100 empleados adicionales, sin superar el 5% de la planta total.

El Sello Amigable “Adulto Mayor”

La Ley 2040 también contempla el Sello Amigable “Adulto Mayor”, una certificación física o digital que identifica a las empresas que incorporan en su planta laboral a personas adultas mayores que cumplen con las condiciones legales para este incentivo.

Este sello tiene un valor reputacional importante, pues acredita el compromiso de la organización con la inclusión laboral, además de reforzar buenas prácticas empresariales en materia social y laboral.

Los requisitos y el procedimiento para su obtención están desarrollados en la Resolución 3190 de 2022 del Ministerio del Trabajo.

Conclusión

La contratación de personas adultas mayores en Colombia no solo representa una decisión con impacto social positivo, sino también una alternativa legítima de planeación tributaria para las empresas que cumplan las condiciones previstas en la Ley 2040 de 2020.

Aplicar correctamente este beneficio exige revisar la situación pensional de la persona contratada, cumplir las formalidades laborales, acreditar la cuota mínima de vinculación y conservar soportes suficientes ante una eventual fiscalización. Cuando estos elementos se gestionan adecuadamente, las empresas pueden acceder a una deducción superior a la ordinaria y fortalecer, al mismo tiempo, su compromiso con la inclusión laboral.

Enlaces de interés

Guía de Ajustes a la Ruta de Empleabilidad para la Atención a Personas Adultas Mayores 

Ley 2040 de 2020 Por medio de la cual se adoptan medidas para impulsar el trabajo para adultos mayores y se dictan otras disposiciones 

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